El pasado diciembre se publicaba en el BOE un Real Decreto de Ley (37/2020) con la nueva regulación del uso de los números 902 para servicios de atención al cliente.
Consumo lleva tiempo detrás de la modificación del uso de esta numeración para la defensa de los derechos de los consumidores y usuarios. Pero la pandemia ha agravado aún más esta situación y acelerado la decisión. Con motivo que los usuarios no podían acudir de manera presencial y debían de llamar a muchos de estos números para encontrar solución.
Esta nueva regulación sobre todo busca evitar que las compañías telefónicas puedan aplicar a las llamadas de servicios de atención al cliente con tarificación especial precios que excedan un coste superior al de una llamada estándar.
¿A qué tipo de empresas afecta directamente esta nueva regulación de los 902?
Este nuevo Decreto de Ley afecta directamente a todas aquellas empresas que tengan un servicio de atención al cliente telefónico, pero en especial aquellas de carácter esencial como:
Suministro de agua, gas, electricidad, entidades financieras, seguros, postales, transporte aéreo, ferroviario y carretera, protección de la salud, saneamiento y residuos.
¿A qué están obligados este tipo de empresas?
En ningún momento se refleja la eliminación por completo de este prefijo, pero si obliga a estas empresas mencionadas con anterioridad a:
Disponer de un número que no exceda los costes estándar (Nº Geográfico o móvil estándar) o de un número gratuito (900).
Hace años cuando aún los móviles no existían, la llamada desde una cabina telefónica a estos números era más caro que llamar dentro de la provincia, pero más barato que llamar a otra. Uno de los principales motivos por los que se creó.
Con la aparición de los móviles y las tarificaciones actuales, esta numeración pierde todo su sentido.